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Derecho Informático
Nuevas Tecnologías
El derecho informático es un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos de la relación entre
el Derecho y la Informática.[1]
También se le considera como una rama del derecho especializada en el tema de la
informática, sus usos, sus aplicaciones y sus implicaciones legales.
El término Derecho Informático (Rechtsinformatik) fue acuñado por el Dr. Wilhelm Steinmüller, académico de la
Universidad de Ratisbona de Alemania, en los años 1970.[2]
Sin embargo, no es un término unívoco, pues tam-
bién se han buscado una serie de términos para el Derecho Informático como Derecho Telemático, Derecho de las
Nuevas Tecnologías, Derecho de la Sociedad de la Información, Iuscibernética, Derecho Tecnológico, Derecho del
Ciberespacio, Derecho de Internet, etcétera. En la actualidad, el término Derecho de las Tecnologías de la Informa-
ción y Comunicación ha tomado fuerza en América Latina, llegando incluso a privilegiarse sobre el uso de Derecho
Informático.
Se considera que el Derecho Informático es un punto de inflexión del Derecho, puesto que todas las áreas del derecho
se han visto afectadas por la aparición de la denominada Sociedad de la Información, cambiando de este modo los
procesos sociales y, por tanto, los procesos políticos y jurídicos.
El derecho informático, surge como esa medida de regulación de carácter jurídico. El concepto más completo que
podemos encontrar de derecho informático es:
“El derecho de la Informática es el conjunto de normas jurídicas que regulan la creación, desarrollo,
uso, aplicación de la informática o los problemas que se deriven de la misma en las que existen algún
bien que es o deba ser tutelado jurídicamente por las propias normas.”
[3]
1 Surgimiento del derecho informático
Los conceptos de tecnología y sociedad de información son antecedentes necesarios del derecho informático, con
la finalidad de regular el comportamiento en un ámbito tecnológico. Actualmente el derecho informático no es muy
especifico en sí, sino que lo abordan las materias de derecho penal, derecho civil y derecho comercial.
Desde la aparición de la computación como un fenómeno, ésta ha sido benéfica en las distintas áreas de la ciencia y
la cultura. Sin embargo, la aparición de actos delictivos a través de la informática ha devenido en la creación de esta
rama del derecho.
En derecho penal se afronta un reto en cuanto la sanción y clasificación de los delitos, ya que el delito se define como
una conducta que es sancionada por las leyes de defensa social. No obstante, debido a su novedad, el derecho aún no
prevé muchos actos informáticos ilegales como delitos o el castigo por la misma causa.
Según el Dr Zelarayan Juri, Federico: este derecho tiene surgimiento en el medioevo con el invento de la aguja de
tejer, el nombre proviene de la aguja que significa recto, por lo tanto derecho e informático proviene de los puntos, la
manera en que los hacemos, en su forma de transmitirlos, lo cual es información.
2 Derecho Informático dentro de las demás ramas del derecho
El derecho informático cuenta, al igual que las demás ramas de derecho, con sentencias de tribunales y razonamientos
de teóricos del derecho. Las fuentes del derecho informático afectan a las ramas tradicionales del derecho:
1
2 4 FORMAS DE VINCULACIÓN DE LA CIENCIA JURÍDICA
En el derecho público
• Flujo internacional de datos informatizados
• Libertad informática (defensa frente a eventuales agresiones)
• Delitos informáticos (tienden a crear un ámbito propio del Derecho Penal)
En derecho privado
• Contrastes informáticos (hardware, software)
• Protección jurídica de los programas
Lo que aún se discute en la actualidad es si este derecho es una nueva disciplina o es una serie de normas dispersas
que engloba a varias disciplinas.
3 Autonomía del Derecho Informático
El Derecho Informático afecta a distintas disciplinas dentro del Derecho. Este hecho, suscita un debate teórico so-
bre si estamos ante una nueva disciplina jurídica o si, por el contrario, se trata de un sector de normas dispersas
pertenecientes a diferentes disciplinas jurídicas.
Para poder hablar de autonomía de una rama del derecho se precisa la existencia de una legislación específica (campo
normativo), un estudio particularizado de la materia (campo docente), investigaciones y doctrinas que traten la materia
(campo científico) e instituciones propias que no se encuentren en otras áreas del derecho (campo institucional), con
la finalidad de que se de un tratamiento específico de estos conocimientos determinados.
Una parte de los autores defienden que en el Derecho Informático existe legislación específica basada en leyes, tratados
y convenios, que protegen al campo informático con la finalidad del control y aplicación lícita de los instrumentos
informáticos (campo normativo). Dispone, además, de instituciones propias que no se encuentren en otras áreas del
Derecho (campo institucional) tales como el contrato informático, el documento electrónico, el comercio electrónico,
delitos informáticos, firmas digitales, habeas data, libertad informática, entre otras, que llevan a la necesidad de un
estudio particularizado de la materia (campo docente), dando como resultado la investigaciones, doctrinas que traten
la materia (campo científico). Es, por tanto, un Derecho autónomo con instituciones propias que se encarga de brindar
soluciones legales a los problemas planteados por el avance científico en el ámbito de su competencia.
De otro lado, se sostiene la postura que anula la autonomía del Derecho Informático desde el punto de vista de que
en cada rama jurídica la actividad informática se encuentra presente, rechazando así la integración de normas en un
cuerpo aislado. Niega la autonomía del Derecho Informático en virtud de que no existe claridad respecto a su área
jurídica de influencia; es decir, como el Derecho Informático tiene relación con otras disciplinas jurídicas como el
derecho civil, penal, laboral, administrativo, etc., y es a través del espectro normativo de estas la forma en que pueden
incluirse las conductas y problemáticas jurídicas del impacto tecnológico. Por último, esta corriente argumenta la falta
de autonomía del Derecho Informático en virtud de su constante y necesaria recurrencia a los principios jurídicos de
otra rama para la solución de los casos concretos.
4 Formas de vinculación de la ciencia jurídica
• El derecho informático abarca las ciencias jurídicas que se encarga de observar el comportamiento en el ámbito
informático que afecte a la sociedad; por eso se necesita una correcta implementación y regularlos adecuada-
mente.
• La informática legal es el estudio y análisis jurídico que la ciencia jurídica debe realizar para su aplicación
correcta, y esto se define como el conjunto de técnicas destinadas al tratamiento lógico.
• La informática jurídica existe para modernizar el derecho según la forma en que avance la tecnología.
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5 Sociedad Civil en Derecho y Nuevas Tecnologías en América Latina
• La Federación Iberoamericana de Asociaciones de Derecho e Informática (FIADI]) es una de las ONG pioneras
en la región en la promoción, estudio y desarrollo de la Informática Jurídica y el Derecho Informático y fue
fundada en el año 1984 con ocasión del I Congreso Iberoamericano de Informática Jurídica, celebrado en Santo
Domingo, República Dominicana.
• Casi coetáneamente con la anterior nace el Instituto Latinoamericano de Alta Tecnología, Informática y Dere-
cho (ILATID), organización que desde 1984 reúne en los países de América Latina y el Caribe a profesionales
del Derecho que cooperan en proyectos de investigación y desarrollo conexos con aspectos legales de las Tec-
nologías de la Información y las Comunicaciones.
• Alfa-Redi, establecida en 1998 es una organización de la Sociedad Civil, de base en Latinoamérica, dedicada
investigación, discusión, formulación de propuestas y acción en temas de Políticas de Sociedad de la Informa-
ción. Asimismo es parte de la labor de Alfa-Redi la formación y capacitación en estas temáticas.
• La Academia Mexicana de Derecho Informático (AMDI) nace en el año 2001. Es el único organismo mexicano
formalmente creado, multidisciplinario, no representativo de empresas, dedicado al estudio, fomento y difusión
de los aspectos jurídicos relacionados con el internet, el comercio electrónico y las tecnologías de la información
y la comunicación.
• Lex Informática Abogados es pionera en México de la representación legal en el ámbito de las tecnologías de
información y comunicaciones desde 2011
• La Red Iberoamericana ElDerechoInformático.com (http://www.elderechoinformatico.com) Nace en el año
2009, con base en Argentina, genera una Red Iberoamericana de Corresponsales que procura difundir el estudio
y ser un centro de información de la temática y afines. Publica una Revista Digital Gratuita que se edita 3/4 veces
por año, y dicta un posgrado en derecho informático, bajo la Dirección del Abog. Guillermo M. Zamora,con
certificación de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco de la República Argentina desde el
año 2010 hasta junio del 2015 y desde Julio del 2015 hasta la Actualidad con certificación de la Universidad
Nacional de Rio Negro de la República Argentina. Posee corresponsales en Brasil, México, Ecuador, Chile,
Uruguay, Colombia, Nicaragua, Guatemala y España.-
6 Publicaciones periódicas
Publicaciones en papel, por orden de aparición:
• La Revista Iberoamericana de Derecho e Informática publicada por la FIADI a partir de 1992
• La Revista Derecho y Nuevas Tecnologías, fundada en febrero de 1999 por Pablo A. Palazzi, y publicada por
Editorial ADHOC
• La revista Derecho y Tecnología, fundada el 2002 por Mariliana Rico Carrillo (Universidad Católica del Tá-
chira, Venezuela)
• La Revista Chilena de Derecho Informático, fundada el 2002 por Carlos Reusser Monsálvez (Universidad de
Chile, Chile)
• La Revista de Derecho Comunicaciones y Nuevas Tecnologías fundada el 2005 por Nelson Remolina Angarita
(Universidad de los Andes, Colombia).
• La Revista Digital ElDerechoInformatico.com - Dirigida por el Abog. Guillermo M. Zamora - (http://issuu.
com/elderechoinformatico.com) - Argentina
4 9 CAMPOS DE ESTUDIO
7 Programas de postgrado y postítulo
En cuanto a estudios formales de la disciplina en Iberoamérica, el pionero a nivel mundial en programas de postgra-
do fue el desaparecido Master en Informática y Derecho (1994-2004) de la Universidad Complutense de Madrid,
liderado por Emilio Suñe Llinás.
Desde más de 10 años, la Universidad París-Sur con el Instituto de Derecho del Espacio y de las Telecomunicaciones
(IDEST) proponen un Máster 2 en Derecho de Actividades Espaciales y de Telecomunicaciones. Este Máster es
sostenido por numerosas empresas del sector de las telecomunicaciones y espacial.
Más tarde, en 2007, la Universidad de Cuenca (Ecuador) inició una Maestría de Derecho Informático mención en
Comercio Electrónico y la siguió la Universidad de la Américas-UDLA (Ecuador) y el CETID con la Universidad de
Cuenca (Ecuador) con una Maestría en Derecho Informático, mención en Comercio Electrónico.
En México el posgrado pionero en esta materia es el de INFOTEC, denominado Maestría en Derecho de las Tec-
nologías de la Información y Comunicación (MDTIC), creada con el apoyo del grupo consultor de Lex Informáti-
ca Abogados, S.C. y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. La Universidad Panamericana Campus
Aguascalientes cuenta con un programa similar, la Maestría en Derecho de la Propiedad Industrial, Derechos de Autor
y Nuevas Tecnologías.
Destacan a nivel internacional el Advanced Master of Laws (LL.M.) in Information & Communications Technology
Law de la Universidad Católica de Lovaina (Bélgica), el Máster Universitario en Derecho de las Nuevas Tecnologías de
la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (España), el Máster en Derecho de las Telecomunicaciones y Tecnologías
de la Información de la Universidad Carlos III de Madrid (España), el Master in Diritto delle Nuove Tecnologie e
Informática Giuridica de la Universidad de Bolonia (Italia), el Master of Laws in Information and Communication
Technology Law de la Universidad de Oslo (Noruega), el Master of Law and IT de la Universidad de Estocolmo
(Suecia), entre otros.
Como programas de postítulo y/o especialización, la Pontificia Universidad Católica Argentina Santa María de
los Buenos Aires (UCA) estableció en forma pionera en 1997 una Especialización en Derecho de Alta Tecnolo-
gía; la Universidad de Chile ofrece desde 2003 un Magíster y Diplomados en Derecho de la Informática y de las
Telecomunicaciones[4]
y la Universidad Externado de Colombia, en asociación con la Universidad Complutense de
Madrid, ofrece desde el 2007 un programa de especialización y de Maestría en Derecho Informático y de las Nuevas
Tecnologías desde el año 2015.
8 Situaciones en las que entra el derecho informático
Para algunos ejemplos de situaciones en las que se haga uso del derecho informático son:
• La disposición de un bien, sin el consentimiento del propietario del mismo, realizada mediante equipos infor-
máticos.
• El apoderamiento de información contenida en registros electrónicos.
• Destrucción de la información
9 Campos de estudio
• Acceso a la información
• Acceso a las TIC
• Administración de Justicia y Nuevas Tecnologías.
• Banca y dinero digital
• Censura en Internet y libertad de Expresión online
• Comercio electrónico
• Contratos informáticos
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• Compras públicas mediante el uso de las NTIC
• Correo electrónico
• Defensa del consumidor
• Delitos informáticos
• Derecho en la Era Digital
• Derecho de las Telecomunicaciones
• Derecho Laboral e Informática. Teletrabajo.
• Documento Electrónico, mensajes de datos, EDI y Factura Electrónica
• Editoriales online de Derecho.
• E-government
• e-Learning del Derecho y Nuevas Tecnologías
• Firma electrónica
• Hábeas data
• Impuestos e Internet
• Informática Jurídica
• Informática Legal
• Manifestación de la Voluntad por Medios Electrónicos
• Medidas Cautelares sobre Equipos Informáticos
• Nombres de Dominio y Direcciones IP
• Notas Bibliográficas y de Eventos
• Notificación por Medios Electrónicos
• Privacidad
• Protección de datos
• Profesionales del Derecho en la Era Digital
• Propiedad Intelectual y Propiedad Industrial e Internet
• Programas: Software Jurídico. Bases de datos y Gestión de Bufetes
• Protección de Datos de Carácter Personal
• Publicidad e Internet
• Relación entre el Derecho y la Informática
• Seguridad informática
• Sociedad civil e Internet
• Sociedad de la información
• Software libre
• Telefonía y Voz sobre IP
• Wireless Application Protocol (WAP)
6 11 REFERENCIAS
10 Véase también
•
• Portal:Derecho. Contenido relacionado con Derecho.
• Delito informático
• Derecho penal
• Derecho civil
• Informática
• Hacker
• Seguridad informática
11 Referencias
[1] Dr. Nicolás S. Tato. «El Derecho Informático como una Nueva rama del derecho». Consultado el 3 de diciembre de 2013.
[2] prof. Dr. Wilhelm Steinmüller
[3] Raúl Martín Martín. «Conceptos de Derecho Informático.». DEONTOLOGÍA Y LEGISLACIÓN INFORMÁTICA. Consul-
tado el 05/12/14.
[4] http://www.cedi.uchile.cl/dopostmag.html
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12 Origen del texto y las imágenes, colaboradores y licencias
12.1 Texto
• Derecho informático Fuente: https://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_inform%C3%A1tico?oldid=87362740 Colaboradores: Xribas, Sab-
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